¡Te tendemos una mano solidaria!
Este beneficio se dirige hacia la persona asociada y su familia, busca ser un apoyo cuando se atraviesa una situación que afecta negativamente su desarrollo socioeconómico, familiar o laboral de manera temporal.
Todas las solicitudes, requieren la realización de una entrevista con una profesional en Trabajo Social, quien analiza la situación que enfrenta la persona asociada y su familia.
La solicitud del beneficio la podés realizar personalmente o a través de llamada telefónica, presentando tu situación ante los ejecutivos, promotores, móviles o personal de la Gerencia de Bienestar Social y Sostenibilidad y te brindaremos la asesoría, requisitos y documentos necesarios para el trámite. Puede aplicar en cualquier momento del año.
Da clic en el botón si cuentas con el perfil para la atención.
Nota: Se realizará un análisis de tu solicitud y se te informará si cuentas con el perfil para realizar el siguiente paso que es la entrevista con Trabajo Social. Todos los Beneficios están sujetos al análisis y a la aportación de requisitos.
Condiciones de salud que afecten temporalmente el desarrollo laboral del asociado(a) y su núcleo familiar conviviente.
Incapacidades mayores a un mes, licencias por cuido o permisos sin goce salarial por enfermedad. No se contemplan las licencias de maternidad o paternidad.
Accidentes que presenten un impacto directo en la salud del asociado y su familia.
Problemáticas sociales que afecten la digna subsistencia del grupo familiar, tales como: orfandad, drogadicción, alcoholismo, abandono, violencia, privación de libertad, medidas de protección alternativas, abuso sexual u otras condiciones de vulnerabilidad determinadas por el (la) profesional de Trabajo Social.
Procesos administrativos a lo interno de la CCSS, donde el asociado figure como parte en procesos como: violencia, acoso laboral, discriminación entre otros. Con excepción de los casos donde ya exista una sanción disciplinaria contra el asociado solicitante, determinándole su responsabilidad sobre los actos.
Procesos judiciales de otras entidades externas que generen afectación al uso y disfrute de la vivienda digna del asociado (a) y sus familiares convivientes y que por su condición económica se determine un estado de vulnerabilidad.
Condiciones habitacionales que limiten la digna subsistencia, calidad de vida o accesibilidad de los miembros del grupo familiar, donde habiten personas en condición de vulnerabilidad. Solo aplica en vivienda propia del asociado(a) o propiedad del núcleo familiar, no procede en los casos de alquiler a terceros, ni en casos por falta de mantenimiento de la vivienda.
Gran afectación en infraestructura o artículos de primera necesidad provocadas por Desastre Natural o No Natural que limite y afecte la digna subsistencia o calidad de vida de los miembros del grupo familiar y que a nivel económico presenten limitación para atender la situación.
Enfermedades o situaciones presentes en algún familiar que no conviva con la persona asociada donde se verifique que existe dependencia económica total (cuyo parentesco sea: padre, madre, hijos, o hermanos biológicos o de crianza).
Condiciones de salud que requieran tratamientos médicos temporales, exámenes, medicamentos, procedimientos quirúrgicos, apoyos técnicos o suministros que proporcione o no la CCSS, si las fechas de las citas o la calidad/cantidad del producto pone en riesgo la integridad de la persona y limite la digna subsistencia, según la evidencia médica proporcionada y el criterio técnico de las y los profesionales en Trabajo Social.
Fotocopia legible de cédula de identidad de los mayores de edad. En caso de personas menores de edad se debe presentar tarjeta de identificación de menor o constancia de nacimiento.
Cédula de residencia. Copia de cédula de residencia al día o la que corresponda a su situación migratoria, en caso de ser persona extranjera.
Documentos que respalden los ingresos y actividades económicas del grupo familiar.
Documentos que respalden los gastos especiales del grupo familiar (alquiler, pago de hipoteca, terapias o medicamentos, transporte, estados de cuenta de deudas externas. De acuerdo con la solicitud realizada por la Trabajadora Social a cargo del caso.
Los documentos de condiciones especiales del grupo familiar serán solicitados según el criterio de la profesional en Trabajo Social, posterior a la entrevista.
Documentación adicional. Cualquier otro documento que a criterio técnico del profesional en Trabajo Social encargado se requiera y sea razonable en el marco de la solicitud.
Importante indicar, que de no presentar ninguna situación apremiante de las antes mencionadas y de contar con alguna necesidad de crédito como refundición de deudas, cambio de tasas de interés, ajuste a la cuota, entre otras, puede consultar con los encargados de Servicio al Cliente, debido a que este tipo de solicitudes no las cubre el beneficio.
Una vez que hayás completado la documentación solicitada, de acuerdo con el Reglamento PROBESOL, la persona profesional que te atendió cuenta con 20 días hábiles para enviar a tu correo electrónico la resolución con la respuesta correspondiente.
Si existe una enfermedad o situación en algún familiar que no conviva con la persona asociada, el beneficio puede solicitarse si se verifica que existe dependencia económica total con la persona asociada y cuyo parentesco sea: padre, madre, hijos, o hermanos biológicos o de crianza.
Sí, en caso de que se te apruebe el beneficio podés solicitar tus excedentes sin ningún inconveniente. Sin embargo, es importante que sepás que cuando se aprueba en relación con cancelación de mora, pago de operaciones crediticias o cubrir cuotas de créditos, se emitirá un bloqueo y no podrás solicitar nuevos créditos en ASECCSS por el plazo de un año, con el fin de que no se afecte tu liquidez en el momento de la situación apremiante.
Sí, es muy importante que sigás asumiendo tus obligaciones crediticias en ASECCSS ya que el proceso de valoración no es garantía de la aprobación del beneficio, además de que la mora podría acrecentarse y ser más difícil de asumir.
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